El viernes, 15 de septiembre, se abre el plazo de la solicitud de la ‘Renda garantida’ de la Generalitat, una ayuda de, como mínimo, 564 euros.
La nueva ayuda consta de dos partes: una prestación según los requisitos generales, y otra ayuda complementaria de 150 euros en base a un compromiso individual de participar en programas de inclusión social o inserción laboral.
¿De cuánto es la ayuda?
En primer lugar, debemos saber que solo puede haber un expediente de prestación por familia. O sea, no la podemos solicitar dos veces si somos dos, sino que se solicita una vez y se incluye la prestación estipulada para dos. Así lo indica la siguiente tabla.
Requisitos para optar a la ayuda
Es necesario ser mayor de 23 años. También se puede ser beneficiario de la prestación si se tiene 18 años o más y se cumplen alguna de estas situaciones:
- Tener menores o personas con discapacidad a cargo.
- Ser huérfano de ambos progenitores.
- Haber sido víctima de violencia machista en el ámbito del hogar.
También se requiere vivir en Catalunya desde hace al menos dos años, y tener ingresos inferiores a 564 euros. Se puede optar a la ayuda con un trabajo a jornada parcial, pero no completa.
Lo mismo ocurre si somos más de uno, debemos tener ingresos inferiores a las cantidades que se muestran en la tabla anterior según los miembros que seamos en la unidad familiar.
Documentación a presentar
Para solicitar esta prestación es necesario presentar el DNI, o el NIE (Número de Identificación Extranjera) y el certificado de la Dirección General de la Policía que acredite residencia legal.
También es necesario presentar el Certificado de Inscripción en el registro central de Extranjeros y pasaporte (en el caso de ciudadanos de la UE).
Además, hay que presentar el extracto bancario de los últimos seis meses de las cuentas de la unidad familiar, así como el histórico de las transferencias realizadas.
También se requiere la nómina laboral, certificados de otras prestaciones económicas, certificados de discapacidad si se tuviese, y documentos de propiedad (casa, coche, etc.).
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¿Dónde se solicita?
Los trámites se hacen en las oficinas de Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat, tras solicitar cita previa. Esta cita se puede pedir a través del teléfono 900 400 012 o en la web www.rendagarantida.gencat.cat.
Si no hay respuesta administrativa, se considera que se ha aceptado a trámite la solicitud.